miércoles, septiembre 9, 2026 10:34 pm

Casa BarranquillaTribunal confirma devolución de siete bienes de Alex Saab en Barranquilla

Tribunal confirma devolución de siete bienes de Alex Saab en Barranquilla

por Redacción: Noticias Coopercom

El Tribunal Superior de Medellín confirmó la decisión que negó la extinción de dominio sobre siete bienes relacionados con el empresario Alex Saab, por lo que la Sociedad de Activos Especiales, SAE, deberá disponer lo necesario para su devolución, entre ellos una lujosa mansión ubicada en el norte de Barranquilla.

La decisión fue adoptada por la Sala de Decisión Especializada de Extinción de Dominio, al resolver los recursos de apelación presentados por la Fiscalía 36 Especializada en Extinción de Dominio y el Ministerio Público contra la sentencia emitida el 17 de enero de 2025 por el Juzgado Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Barranquilla.

En primera instancia, el juzgado había negado la solicitud de extinción de dominio sobre los siete inmuebles que habían sido ocupados por la Fiscalía en julio de 2020 con fines de extinción. Con la decisión del Tribunal, esa determinación quedó confirmada.

Uno de los bienes más llamativos es una mansión de 3.740 metros cuadrados, ubicada en la carrera 59 entre calles 84 y 85, en el norte de Barranquilla. El inmueble está avaluado en aproximadamente 28.000 millones de pesos y cuenta, entre otros espacios, con cancha de tenis en polvo de ladrillo, piscina, gimnasio, sauna, mesa de ping pong y un piano.

En conjunto, los siete inmuebles objeto del proceso tienen un avalúo cercano a los 35.000 millones de pesos. Entre las propiedades también figura un lujoso apartamento ubicado en el edificio Bellagio, en el norte de la capital del Atlántico.

¿Por qué no procedió la extinción de dominio?

El Tribunal consideró que la Fiscalía no logró demostrar de manera suficiente que los bienes fueran producto de un incremento patrimonial injustificado de la sociedad Promotora Dubera S.A.S., vinculada a los inmuebles.

En su análisis, la Sala señaló que la forma en que fueron canalizados y registrados los recursos relacionados con Saab no permitía, por sí sola, establecer un patrón de ocultamiento o reciclaje propio del lavado de activos.

El Tribunal también cuestionó la solidez de algunos de los elementos presentados por la Fiscalía para sustentar el supuesto origen ilícito de los recursos. Según la decisión, no bastaba con una sospecha sobre los tramos intermedios de la cadena económica, sino que era necesario contar con elementos probatorios que permitieran establecer de manera concreta la ilicitud.

Uno de los puntos analizados fue la actividad empresarial de Saab en Venezuela. La Sala tuvo en cuenta que desde 2004 habría desarrollado operaciones de exportación de textiles a través de Shatex S.A., negocios que, según los documentos valorados durante el proceso, estuvieron sometidos al control de las autoridades aduaneras y cambiarias. 

También consideró que el descenso de esas exportaciones a partir de 2009 podía explicarse por el deterioro del sector manufacturero y del comercio con Venezuela, y no necesariamente por un supuesto cambio hacia actividades ilícitas.

El Tribunal igualmente examinó una operación de factoring con Bancóldex que terminó en un incumplimiento comercial. Frente a ese episodio, concluyó que, en principio, se trataba de un asunto de naturaleza contractual o comercial y que no se había demostrado que los recursos involucrados hubieran terminado convertidos en ganancias ilícitas utilizadas para adquirir los inmuebles investigados.

Finalmente, la Sala concluyó que la hipótesis presentada por la sociedad afectada sobre el origen lícito de los recursos tenía mayor respaldo probatorio frente a la tesis de la Fiscalía.

Por esa razón, el Tribunal confirmó la negativa de la extinción del derecho de dominio y ordenó mantener las consecuencias de la decisión de primera instancia, incluida la cancelación de las medidas de embargo y suspensión del poder dispositivo y las actuaciones necesarias para la entrega de los inmuebles a su propietario.

Redacción: judiciales