viernes, febrero 13, 2026 6:14 am

Casa BarranquillaA cuidarnos desde casa y preservar la tradición desde lo virtual

A cuidarnos desde casa y preservar la tradición desde lo virtual

por Redacción: Noticias Coopercom

Las medidas tomadas por el Distrito de Barranquilla para el sábado 13 y domingo 14 de febrero buscan preservar la vida y mantener los buenos indicadores en la lucha contra el covid-19 que muestra la ciudad. Bajo esa directriz del alcalde Jaime Pumarejo se expidió el decreto 0028 del 4 de febrero de 2021, mediante el cual se toman medidas para garantizar el aislamiento preventivo.
  

El artículo 4 del decreto incluye dos medidas de orden público:  

  • Toque de queda: Restringir la circulación de personas y vehículos en la jurisdicción del Distrito de Barranquilla a partir de las 6:00 p.m. del día 13 de febrero de 2021, hasta las 5:00 a.m. del día 15 de febrero de 2021.  
  • Ley seca: Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y embriagantes en la jurisdicción del Distrito de Barranquilla a partir de las 6:00 p.m. del día 13 de febrero de 2021, hasta las 5:00 a.m. del día 15 de febrero de 2021. 

Desde la Oficina para la Seguridad y Convivencia Ciudadana, el Distrito coordinó con la Policía Metropolitana de Barranquilla el fortalecimiento de la vigilancia en sectores priorizados para el fin de semana con toque de queda y ley seca. Estas estrategias se verán fortalecidas con el incremento del pie de fuerza: 400 hombres llegarán para apoyar el control y la verificación del cumplimiento de las medidas decretadas. 
 
La Policía también hará uso de drones para mejorar la capacidad de reacción de las autoridades. Igualmente, las Caravanas por la Seguridad, conformadas por Patrullas COVID, Policía Metropolitana y el Ejército Nacional, se mantendrán recorriendo las calles de la ciudad regulando fiestas y aglomeraciones, así como situaciones que atenten contra la sana convivencia.
 
El jefe de la Oficina para la Seguridad y Convivencia Ciudadana, Nelson Patrón Pérez, afirmó que “la Administración distrital, liderada por el alcalde Jaime Pumarejo, ha hecho un gran esfuerzo para mitigar los efectos de esta emergencia sanitaria, de la cual aún no hemos salido, por consiguiente, debemos acatar estas medidas para proteger la salud de todos los barranquilleros, pues no podemos poner la celebración por encima de la vida”. 

 
Las excepciones al toque de queda

El artículo 5 del decreto precisa que se permite la circulación de personas y vehículos exclusivamente en los siguientes casos y actividades: 

  • Comercio y sector productivo 

Los establecimientos de comercio como restaurantes deberán permanecer cerrados para atención al público. Podrán comercializar sus productos mediante plataformas virtuales y/o por entrega a domicilio. 

Asimismo, las tiendas de barrios, misceláneas y similares solo podrán comercializar sus productos a través de canales virtuales y a domicilio.

Los bares deberán permanecer cerrados y no podrán comercializar bebidas alcohólicas. Los hoteles podrán prestar sus servicios normalmente a sus huéspedes.

Otras actividades y sectores exceptuados son: salud, industria, servicios funerarios, misiones diplomáticas y consulares; ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública, así como la operación aérea y aeroportuaria.  

  • Desplazamientos de personas y trabajadores 

Las personas y trabajadores de los sectores y actividades permitidas en el horario en que rige el toque de queda deberán estar debidamente acreditados por sus empleadores con un documento donde se indique su cédula de ciudadanía, cargo e información de la empresa, incluyendo dirección y teléfono, en caso de que las autoridades deban corroborar la información. 

En los demás casos, se deberá demostrar la razón del incumplimiento de la medida de toque de queda, ya sea que se trate de casos de fuerza mayor, emergencias, calamidades domésticas, traslado transitorio a su lugar de trabajo o domicilio, o cualquier otra razón. 

  • Actividad física 

El horario para la práctica de actividad física será de 5:00 a.m. a 8:00 a.m.

Se permitirá el paseo de mascotas y animales de compañía por un tiempo máximo de 30 minutos. Esta actividad deberá ser realizada por una sola persona del núcleo familiar, quien deberá ser mayor de edad y acatar las medidas de bioseguridad vigentes. 

  • Transporte 

Están permitidos el servicio público de transporte terrestre de pasajeros individual o colectivo, los servicios postales y de distribución de paquetería, los sistemas de transporte público masivo y transporte público colectivo y transporte intermunicipal.

Asimismo, está permitida la salida y llegada de los viajeros que lo demuestren con su respectivo tiquete, número de vuelo o reserva de hotel.