A través de la Resolución No. 000322 del 29 de febrero de 2024, la ANLA determinó que el “Proyecto de Restauración de Ecosistemas Degradados del Canal del Dique” requiere de la elaboración y presentación de un Estudio de Impacto Ambiental – EIA, encaminado al trámite de una licencia ambiental, incluyendo aquellas obras y/o actividades que por su naturaleza requieren dicho trámite.
“Para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, el interesado deberá solicitar a esta Autoridad los Términos de Referencia específicos, indicando la descripción y ubicación de las actividades y obras del proyecto, así como las necesidades de uso y demanda de recursos naturales”, agregó la ANLA.
En la resolución, la Anla señaló que el proyecto podría tener implicaciones sobre ecosistemas marino – costeros de “gran importancia y sensibilidad”, al destacar la presencia de manglares, arrecifes coralinos y pastos marinos en áreas protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y otras figuras de conservación.
En el documento también se expone que el Plan Hidro Sedimentológico presentado para el desarrollo de la megaobra no precisa la extensión de los impactos, un “aspecto fundamental para la delimitación del área de influencia”. Además se cuestionó que la línea base se recopiló con base en información secundaria anterior al año 2000.
La Anla también indicó que existe “incertidumbre” sobre los impactos reales a generarse por el proyecto en los ecosistemas de manglar del área de influencia ante la ausencia de un plan para la caracterización actualizada de estos ecosistemas.
“No se cuenta con una valoración de impactos real ni con las medidas apropiadas para su manejo. En ese sentido, el Plan Hidrosedimentológico no cuenta con una línea base actualizada de los ecosistemas de manglar presentes en el área de influencia, ni se define con claridad cuáles serían los impactos que se generarán en estos manglares por el incremento del volumen de agua dulce y sedimentos”, agregó.
También resaltó que si bien el proyecto habla de restauración de ecosistemas de manglar, “no está clara la estrategia a utilizar dado que no hay una definición exacta de cuál sería la restauración a implementar, la meta de restauración, el ecosistema de referencia o las actividades a desarrollar para lograr esta restauración”.
La decisión de la Anla deberá ser notificada a Cormagdalena y a la sociedad Ecosistemas del Dique, la cual se ganó la licitación para el desarrollo de este megaproyecto. También se comunicará a las Alcaldías ribereñas al canal del Dique y a las gobernaciones de Bolívar, Atlántico y Sucre, así como a Cardique, Carsucre, la CRA, Parques Nacionales Naturales de Colombia, la ANI, el Ministerio de Transporte, Invemar, Dimar, la Procuraduría y el Ministerio de Ambiente.
La Anla puso de presente que contra la decisión se puede interponer el recurso de reposición.
Fuente: ANLA
Foto: Sacyr
