El Consejo Judicial de la Judicatura acogió las disposiciones del nivel central en cuanto al levantamiento de términos judiciales, atención no preferencial y de las excepciones que se tendrá en cuenta para la actividad, Esté trámite se hizo con ponencia de la Magistrada, Claudia Expósito Vélez.
En consecuencia, determinó lo siguiente:
– A partir de hoy 1 de julio de 2020, en virtud de lo ordenado por el Consejo Superior de la Judicatura, se levantarán los términos judiciales para todas las jurisdicciones y especialidades en el Distrito Judicial de Barranquilla, sin ningún tipo de excepción, salvo
las indicadas por el Consejo Superior de la Judicatura después del primero de julio en el Acuerdo PCSJA20-11567 del 05 de junio de 2020.
– Continuar con la modalidad de trabajo no presencial, en casa o a distancia, y reiterando que sólo en casos excepcionales, cuando sea necesario para garantizar la prestación del servicio, se prestará de manera presencial, la cual se hará con máximo el 20% de servidores de cada despacho o sede judicial.
– Para el ingreso a las sedes físicas por parte de los funcionarios y empleados judiciales o administrativos debe existir autorización expresa en la que se registre claramente la persona que ingresa a la sede y la razones por las que considera que es estrictamente necesario, para garantizar la prestación del servicio, el ingreso de determinado servidor.
– No se autoriza la atención presencial al público entre el 01 de julio hasta el 15 de julio de 2020, en ninguna de las sedes o recintos judiciales del Distrito Judicial de Barranquilla. La atención se prestará de forma virtual. Se cerrará las sedes judiciales al público. Solo en casos excepcionales y que se requiera, a criterio del Magistrado o Juez, observando los respectivos protocolos de bioseguridad, se permitirá el acceso.
– El Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico en coordinación de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial velarán porque los servidores judiciales y usuarios respeten los protocolos de seguridad.