El Ministro del Interior, Guillermo Rivera, expedirá este viernes el decreto denominado la ‘Línea Negra’ que amplía los espacios sagrados de las comunidades indígenas, y establece que a través de este “se redefinen los sitios considerados ancestrales de los pueblos Arhuaco, Kogui, Wiwa y Kankuamo, de la Sierra Nevada de Santa Marta, expresado en el sistema de espacios sagrados de la ‘Línea Negra’, se expide en cumplimiento de varias disposiciones de la Corte Constitucional y no afectará los derechos adquiridos de terceros, ni la propiedad privada”.
“Hemos recibido muchas observaciones por parte de los gremios, de las autoridades territoriales de los departamentos de Cesar, Magdalena y La Guajira, y ese decreto ha venido siendo ajustado con las observaciones que hemos venido recibiendo. De todas maneras nos permitimos reiterar que este decreto no afecta la propiedad privada. Es necesario reiterar que este decreto no deriva en consultas previas para proyectos de infraestructura o para la proyectos de vivienda”, dijo el ministro del Interior Guillermo Rivera.
¿Qué contiene el decreto?
• La redefinición de los sitios considerados sagrados no implica aumento, ni adición de territorio a las comunidades indígenas.
• La redefinición de los sitios considerados sagrados mantiene los mismos límites definidos ya contenidos en las resoluciones 02 de 1973 y 837 de 1995, lo único novedoso es que precisa los “hitos de referencia” y el alcance de los mismos, precisamente como garantía de seguridad jurídica.
• El decreto se expedirá en cumplimiento de órdenes de la Corte Constitucional dadas en varias de sus decisiones, por ejemplo, las sentencias T-547 de 2010 y el Auto 189 de 2013, y no ordena nada más que lo ordenado previamente por la Corte, precisamente por seguridad jurídica lo más conveniente es redefinir los “hitos de referencia”, así como su contenido y alcance jurídico.
• El decreto no afecta los derechos adquiridos, de terceros, ni la propiedad privada.
• Prevé la obligación para los propietarios de los terrenos donde se encuentran los sitios considerados ancestrales, de conservar y proteger los mismos, en garantía del principio ecológico de la propiedad privada que está consagrado en el artículo 58 de la Constitución Política.
• Los conceptos “Documento Madre” y “Ley de Origen” hacen referencia a las normas propias y procedimientos de las autoridades de los pueblos indígenas, que sólo son aplicables a ellos y en nada riñen con las normas y procedimientos del resto de la población.
• Como garantía de seguridad jurídica, el decreto crea una instancia de seguimiento y protección a la Línea Negra, conformada por gobernadores (Cesar, Guajira y Magdalena), Corporaciones Autónomas Regionales, Gobierno Nacional y comunidades indígenas. Asimismo, participa como garante el Ministerio Público.
La decisión ha generado polémica entre gobernadores del Magdalena, Cesar y la Guajira por la presunta afectación que tendría esta modificación geográfica en algunos proyectos a cargo de las entidades territoriales y sobre la propiedad privada.
Por su parte, la Organización Nacional Indígena de Colombia y los cuatro pueblos que hacen parte de la Sierra Nevada de Santa Marta, le solicitaron al presidente Santos que expida el decreto antes de culminar su mandato en vista de que lleva debatiéndose cinco años.
Red Medios Digital