El Juzgado 12 Civil del Circuito de Barranquilla, en primera instancia, declaró que el Hospital Universitario CARI E.S.E, ubicado en esa capital, no tiene a su cargo la obligación económica reclamada por la empresa Radiólogos Unión Temporal.
Para la Unión Temporal el Hospital le adeuda más de cinco mil millones de pesos ($5.017’212.230), más intereses de mora, por la adecuación y operación de la Unidad de Radiología e Imágenes Diagnósticas en ese centro hospitalario, servicios que están soportados en 27 facturas.
En la sentencia, el Juez acogió la tesis planteada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, según la cual las facturas presentadas como título ejecutivo fueron objeto del balance financiero definitivo para la terminación del contrato de asociación entre Radiólogos UT y el Hospital Universitario CARI. Es decir, para el Juez las facturas fueron objeto de inclusión en la liquidación final que arrojó un saldo en favor del Hospital y que, después de todo, se trata de una resolución (acto administrativo) que se encuentra en firme y que goza de la presunción de legalidad.
Con esta decisión de primera instancia se genera un ahorro parcial aproximado de nueve mil millones de pesos ($9.000’000.000), suma a la cual ascienden las pretensiones de los demandantes.