El Ministerio de Educación Nacional (MEN) requirió al Consejo Superior de la Universidad del Atlántico abstenerse de elegir rector para el periodo 2025–2029, ante la convocatoria programada por dicho órgano.
Según el documento emitido por la Subdirección de Inspección y Vigilancia del MEN, la sesión fue citada sin que previamente se resolvieran las recusaciones interpuestas, lo cual podría comprometer la validez del proceso al actuar mientras dichas solicitudes permanecen abiertas.
“Esta convocatoria se realizó sin atender ni resolver previamente las recusaciones presentadas, desconociendo el deber legal de suspender cualquier actuación que pueda comprometer la validez del procedimiento mientras no exista pronunciamiento expreso sobre las mismas”, señala el documento oficial.
Entre las acciones en curso figuran varias tutelas presentadas por los candidatos Álvaro González Aguilar, Wilson Quimbayo Ospina y Danilo Hernández Rodríguez, en las que solicitan que no avance la designación hasta verificar si el aspirante Leyton Daniel Barrios Torres cumple con los requisitos exigidos.
El MEN también recordó que el Consejo Superior aún no ha respondido al requerimiento del 23 de octubre de 2025, mediante el cual se pidió aclarar los fundamentos legales que sustentan la participación de dicho aspirante.
Además, advirtió que continuar con el proceso de elección bajo esta circunstancia podría vulnerar principios como la legalidad, la imparcialidad y el debido proceso, afectando la neutralidad institucional que debe caracterizar las actuaciones del Consejo Superior Universitario.
“Toda vez que el desarrollo de la sesión anunciada podría tener incidencia directa en las materias objeto de las recusaciones, afectando la garantía de neutralidad institucional que debe caracterizar las actuaciones del Consejo Superior Universitario”, enfatiza el MEN.
Finalmente, el Ministerio recordó que el incumplimiento de esta medida podría acarrear sanciones administrativas y multas sucesivas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1740 de 2014.
