miércoles, julio 1, 2026 8:12 am

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Se salvaron el pan y la leche de los impuestos de la nueva Reforma Tributaria

por Redacción: Noticias Coopercom

El tira y jala que se está dando actualmente en Senado de la República ha dado una buenas noticias para millones de colombianos que estaba más que preocupados por según la nueva Reforma Tributaria iba a gravar con impuestos al pan y la leche, pero parece que se les ablandó el corazón a los congresista y no fue aprobada esta norma impopular en toda Colombia-

Con 63 votos por el sí y 13 por el no el Proyecto de Ley número 131 de 2022 Senado, que adopta una Reforma Tributaria para la igualdad y la justicia social, excluyó al pan, la leche, la miel, las obleas, el yogurt y el bocadillo.

Pero no todo es color de rosas en esta dura batalla en el congreso de la república ya que sí pasó la fuerte tributación para productos ultraprocesados de pastelería y galletería y las bebidas azucaradas.

Las bebidas azucaradas con más de seis gramos de azúcar por cada 100 mililitros pagarán impuesto en julio del 2023 y los alimentos ultraprocesados a partir de septiembre del año 2023. 

Además la bebidas que tengan entre 6 gramos y 10 gramos pagarán una tarifa de $18 por cada 100 mililitros y las que tengan más de 10 gramos de azúcar pagarían $35 en el 2023; en el 2024 las tarifas serán de $ 28 y $ 55 respectivamente y en el 2025, de 38 y 65 pesos.

Cifras e impuestos:

Los alimentos ultraprocesados la tarifa del impuesto será del 10% en el 2023, 15% en el 2024 y 20 % en el 2025. Los productos que salen de la lista con impuestos son: pan industrial, miel, todos los productos de leche, bocadillos, obleas, yogurt, suero, mantequilla, cuajada, demás leches, fermentados, aromatizados con frutas o cacao, así como lactosueros y concentrados con adición de azúcar.

También se aprobó cárcel para evasores de impuestos. Ejemplo: La persona que evada más de 1000 millones de pesos, la primera vez que cometa el delito pagará el monto evadido, en la segunda ocasión tendrá que pagar y será acreedor a una sanción, y la tercera vez tendrá tendrá una pena de 4 a 9 años de prisión.

Plataformas  Digitales tendrá impuestos:

Se aprobó un gravamen para las plataformas digitales, con un impuesto para los ingresos totales del 3% y lo pagarán las empresas que tengan ventas superiores a 31.300 UVT al año en el país, así no tengan casa matriz en Colombia.

Se salvaron las iglesias:

Parece que los rezo, la súplica a Dios y a los senadores colombianos llegaron a sus oídos y por esta vez las iglesias se salvaron de pagar el impuesto sobre la renta del 20%, ya que se eliminó el artículo. La votación fue: 59 votos por el sí y 19 por el no.

Más sobre la reforma tributaria:

El Senado voto de manera negativa la eliminación de los artículos 42 y 43 que hacen referencia al impuesto a los plásticos.

El impuesto al carbono, consignado en el artículo 86, se dispuso que la mayoría de estos recursos se destinarán a financiar programas ambientales, entre ellos la reforestación. De otro lado, se negó con 68 votos la proposición que buscaba eliminar el artículo 31 sobre el impuesto al patrimonio.

El impuesto de renta lo pagarán las personas con ingresos superiores a 10 millones.

La tarifa marginal de renta de retención en la fuente sobre el valor de los dividendos brutos oscilará entre el 0 y el 20%.

La tarifa del impuesto sobre la renta a dividendos o participaciones recibidas por sociedades, entidades extranjeras y personas no residentes será del 20%.

El impuesto de renta para las personas naturales será del 35%.

Para las zonas francas se mantiene una tarifa del 20% para quienes tengan una vocación exportable y del 35% para quienes no cumplan con este requerimiento.

La tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por sociedades nacionales será del 10% y para las sociedades extranjeras del 20%.

Se aprobó por decisión mayoritaria la eliminación del artículo noveno mediante el cual se pretendía gravar las pensiones.

El impuesto al sector hidrocarburos fue aprobado en esta plenaria sin ninguna modificación.

Únicamente las empresas del sector petrolero y el sector carbonero tendrán un régimen de impuestos extraordinario y temporal, el cual dependerá del precio internacional del petróleo y el carbón.

Además, las empresas del sector energético no podrán deducir las regalías del impuesto de renta y tendrán una sobretasa del 5% al 15%, dependiendo del precio internacional del petróleo.

El senado negó con 66 votos una proposición que planteaba la eliminación del artículo 17 del Proyecto sobre la deducibilidad de las regalías.

Escrito: Alexander Lewis Delgado.

Foto: @SenadoGovCo