Un fallo de responsabilidad fiscal contra de 26 actores, entre personas naturales y jurídicas, por más de cuatro billones de pesos, por las irregularidades encontradas en la hidroeléctrica de Ituango, emitió hoy la Contraloría General de la República
Entre los declarados responsables fiscales están los exgobernadores del departamento de Antioquia Luis Alfredo Ramos y Sergio Fajardo Valderrama y el exalcalde de Medellín, Alonso Salazar.
La Contraloría investigó a estas personas debido a una serie de hechos “sucesivos y concatenados que contribuyeron a poner en una situación de vulnerabilidad el proyecto y que finalmente desencadenaron en la contingencia de 2018”, cuando se derrumbó el tercer túnel de desvío del río Cauca, lo que causó alertas en la estabilidad de la represa y alarmas sociales y medioambientales.
Para la Contraloría, “estos hechos contribuyeron a aumentar de manera injustificada las inversiones, lo que llevó a que se destruyera el valor neto del proyecto y, como consecuencia de la no entrada en operación, no se generara ni se comercializara energía, ocasionando un lucro cesante que también se tiene como daño dentro de la presente causa fiscal”.
Solo dos personas fueron declaradas sin responsabilidad fiscal; el ex gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria y Jorge Mario Pérez Gallón, miembro suplente en la junta directiva de Hidroituango.
Los hallazgos de la Contraloría se resumen en cinco puntos:
1. Atraso en los diseños
Según el fallo, hubo atraso en los diseños y la construcción de las vías de acceso al proyecto, así como en los diseños de las obras principales.
2. Salvedades en el contrato
El órgano de control criticó la inclusión de salvedades en el contrato Boomt que perjudicó el proyecto, al convirtiro “una típica obligación de resultado, como es la construcción de una obra, en una obligación de medio, aminorando” la responsabilidad de EPM. Además, hubo modificaciones en la distribución de riesgos del contrato en perjuicio de Hidroituango.
Un contrato de tipo Boomt, consiste en construir, operar, poseer, mantener y devolver el proyecto.
3. Atraso en firma del contrato de los túneles de desviación
Esto responde a los problemas de planeación que se manifestaron en decisiones administrativas y presupuestales inoportunas.
Esto fue consecuencia, según el fallo de responsabilidad fiscal, de problemas de planeación que se manifestaron en decisiones administrativas y presupuestales inoportunas.
4. Atrasos en la ejecución del contrato de los túneles de desviación
“Todo lo anterior como consecuencia de situaciones atribuibles fundamentalmente al contratista, las cuales no fueron mitigadas a tiempo por EPM ni por Hidroituango desde su rol de vigilancia y control establecido en el contrato Boomt”, dice el fallo.
5. Fin de obras de desviación bajo plan de aceleración
La Contraloría calificó de irregular el hecho que la terminación de las obras de desviación se hiciera bajo un plan de aceleración. Eso y los problemas de planeación por no contratar a tiempo las compuertas para los túneles, y la decisión de no ponerlas por falta de tiempo, condujo a la construcción de obras que no estaban inicialmente planeadas, como lo fue el tercer túnel de desviación, el cual “adoleció de defectos constructivos, como consecuencia de la falta de diligencia del contratista, así como de la ausencia de control y seguimiento por parte del interventor, del Consorcio Generación Ituango como asesor, de EPM como contratante, y de Hidroituango desde sus obligaciones de vigilancia y control establecidas en el contrato Boomt, como dueño del proyecto”. Ese tercer túnel fue el que colapsó en abril de 2018.
Contra este fallo de responsabilidad fiscal por 4 billones 330 mil millones de pesos, que cobija a 26 personas naturales y jurídicas, proceden los recursos de reposición y apelación, los cuales deben interponerse en los 5 días siguientes a la notificación del fallo, que tiene fecha del 3 de septiembre.
Fuente: eltiempo.com
Foto: EPM
