La alcaldía de Barranquilla expidió el decreto 0278 del 16 de julio de 2019, que regula la publicidad exterior visual que contenga propaganda electoral en el Distrito de Barranquilla.
El anuncio lo hizo el secretario de Control Urbano y Espacio Público, Henrry Cáceres, al señalar que van a ser muy rigurosos en el control de la publicidad política en estas elecciones del 27 de octubre, cuando se elegirán: gobernador, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales.
Cáceres, precisó que “la propaganda electoral únicamente podrá realizarse durante los tres (3) meses anteriores a la fecha de las elecciones.”
Así mismo, anotó que “la propaganda a través de los medios de comunicación social podrá realizarse dentro de los sesenta (60) días anteriores a la fecha de la respectiva votación, y la que se realice empleando el espacio público podrá realizarse dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de la respectiva votación”.
Afirmó Cáceres que la Secretaría de Control Urbano y Espacio Público realizó una convocatoria a los representantes o sus delegados de partidos y movimientos políticos con personería jurídica y a los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos, a fin de socializar la forma, características, lugares y condiciones para la fijación de publicidad destinados a difundir propaganda electoral.
Cada partido político, movimiento político, movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos en las elecciones, podrán instalar un máximo de 20 vallas con publicidad exterior.
El decreto señala zonas donde se prohíbe la colocación de publicidad política o propaganda electoral como zonas históricas, edificios o sedes de entidades públicas y embajadas. Igualmente; zonas declaradas reservas naturales, hídricas o declaradas de manejo y preservación ambiental; lugares en los que su colocación obstaculice el tránsito peatonal, y en donde interfiera con la visibilidad de la señalización vial, informativa y de la nomenclatura urbana, aún cuando sean removibles.
Algo importante es no colocar sobre la infraestructura, como los postes de apoyo a las redes eléctricas y telefónicas, puentes, torres eléctricas y cualquier otra estructura de propiedad del Estado, se prohíbe la fijación de afiches, carteles o dibujos con publicidad política o propaganda electoral.
Finalmente, pidió a las organizaciones políticas, respetar los espacios destinados para fijación de carteles y afiches de la publicidad política en los siguientes lugares:
a) Sobre la Vía 40: En cerramiento mural entre las carreras 73, 77A, 77, 78, 79 y 80, sentido sur -norte.
b) Cerramiento mural de inmueble ubicado en la Carrera 44 con calle 45 esquina, acera norte.
c) Cerramiento en Calle 45 con carrera 43 esquina.
b) Cerramiento mural en la calle 45 con carrera 38 esquina acera norte.
c) Muro sobre avenida circunvalar entrada Barrio 7 de Abril.
d) Sobre estructuras tipo separador ubicadas en la avenida Circunvalar aledaña a los puentes peatonales y vías elevadas.
e) Cerramiento en la carrera 46 con calle 80 esquina sentido sur –norte.
Por el incumplimiento de este decreto podrían ser sancionados partido o movimiento político, movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos.
Texto y foto: Jorge Martínez Movilla.
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