sábado, julio 4, 2026 9:28 pm

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Declaración sugerida de Renta envía la Dian por tercer año consecutivo

por Redacción: Noticias Coopercom

Por tercer año consecutivo la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales recomendó hacer la declaración sugerida de Renta y complementarios para personas naturales.

El objetivo es facilitarles a los contribuyentes el proceso para el pago del impuesto del año gravable 2020. Según la Dian son 4,1 millones de personas naturales en el país las que deben declarar renta.

Para establecer quien debe declarar, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se basa en la información exógena tributaria que son los datos que aportan terceros para cada año gravable, los datos hicieron posible que la entidad hiciera el pre diligenciamiento desde la entidad, de 23 de los 210 renglones del formulario.

La Dian aclara, sin embargo, que dicha información registrada en la declaración sugerida puede ser editada por el contribuyente y, tras ser verificada, puede continuar con el diligenciamiento autónomo, realizando el proceso habitual de declaración y pago, en caso de que haya lugar.

Cada contribuyente solo sabe y conoce la realidad jurídica, económica y financiera, por ellos antes de hacer o acogerse a esta declaración sugerida, puede hacer todas las correcciones que reflejen la realidad de cada persona que sí debe declarar renta.

Las condiciones para hacer la declaración de renta son:

Patrimonio bruto a 31 de diciembre del año gravable 2020 mayor a $160’232.000.

– Ingresos totales durante el año gravable 2020 iguales o mayores a $49.850.000.

– Consumos por medio de tarjeta de crédito durante el año 2020 mayores a $49.850.000.

– Valor total de compras y consumos durante el año 2020 mayor a $49.850.000.

– Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año 2020 mayor a $49.850.000.

Igualmente, si hay en la declaración exógena datos que no correspondan, el declarante se debe dirigir a los terceros que aportaron la información a la Dian para la respectiva corrección, no corresponde a la Dian hacer los reajustes en este tipo de información, que sirve de insumo para que la entidad haga la declaración de renta sugerida.

Toda la información en la página de la entidad y para hacer la declaración de acuerdo al calendario tributario y a la consulta de los últimos dígitos de la cedula, se debe solicitar la orientación de un contador.

Así mismo, si la información contenida en la declaración sugerida no refleja la realidad jurídica, económica y financiera de su situación tributaria, o prefiere hacer su declaración desde ceros, podrá remitirse a la herramienta ‘Programa Ayuda Renta’, para elaborar su declaración con la información que disponga.

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