La Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla anunció que para garantizar la seguridad vial de locales y visitantes, restringirá la circulación de vehículos particulares en toda la ciudad desde este viernes 25 de marzo a las 6:00pm y hasta el lunes 28 de marzo de 2022 a las 6:00am, teniendo en cuenta el último dígito del número de placa, según la siguiente programación y horario:
TENER EN CUENTA: Los vehículos que tengan restricción y los visitantes que se encuentren en tránsito por Barranquilla, podrán circular solo ese día, portando y presentando el tiquete de peajes ubicados en las vías de acceso a la ciudad, con la fecha y hora de ingreso, la cual no debe exceder un periodo de tres (3) horas.
Los conductores que tengan restricción y se encuentren en tránsito por Barranquilla y deban tomar la Avenida Circunvalar en toda su extensión, podrán hacerlo sin que se les aplique la restricción.
SANCIÓN:
El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14 Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($468.589). Además, el vehículo será inmovilizado.
La Secretaría también anunció en comunicado de prensa que los vehículos inmovilizados después de 5:00 de la tarde del viernes 25 de marzo de 2022, será entregados a partir del miércoles 30 de marzo de 2022, después de realizar los trámites correspondientes.
EXCEPCIONES:
- Los que conforman la “caravana presidencial”.
- Los destinados para el uso y seguridad del Alcalde Distrital de Barranquilla y Gobernadora del Departamento del Atlántico.
- Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional e Instituto Nacional Penitenciario (INPEC), utilizados para el transporte de sindicados y condenados.
- Las ambulancias, vehículos del Cuerpo de Bomberos y cualquier otro dedicado exclusivamente a la atención de emergencias y atención médica o de salud, debidamente identificados.
- Los vehículos adaptados para la conducción y transporte de personas con discapacidad.
- Los vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, debidamente identificados.
- Los vehículos destinados al control de tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla y de las aseguradoras que atienden siniestros y/o accidentes de tránsito, debidamente identificados.
- Los vehículos destinados al control del sistema de transporte masivo SITM TRANSMETRO S.A.S., debidamente identificados.
- Los vehículos destinados a la prestación de servicios de vigilancia privada y de escolta, debidamente identificados y durante la prestación del servicio.
- Los vehículos autorizados para el transporte de valores.
- Los vehículos de servicio oficial y diplomáticos.
- Los coches fúnebres.
- Los vehículos de servicio particular destinados para el transporte escolar, debidamente habilitados para tal efecto, siempre que se encuentre prestando el servicio para el cual está habilitado.
- Los vehículos con blindaje igual o superior al nivel tres (3).
- Los vehículos de los medios de comunicación debidamente identificados.
- Los vehículos destinados para el transporte exclusivo de carga y descarga, durante la prestación del respectivo servicio. Incluye los vehículos que transportan elementos estructurales para montaje de palcos.
“Invitamos a todos los conductores a (que) entreguen las llaves o usen transporte público, recuerden que su familia los espera”, declaró Ernesto Camargo Vargas, Secretario de Tránsito y Seguridad Vial.
Edición: Gustavo Enrique Bossio Jiménez
Imágenes: Secretaría de Tránsito Alcaldía de Barranquilla