sábado, marzo 7, 2026 7:55 am

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Prohibido el castigo físico a menores de edad

por Redacción: Noticias Coopercom

El presidente de la república deberá firmar la nueva ley que prohíbe el castigo físico para reprender a los menores, reformando así el artículo 262 del Código Civil que establece que “los padres o la persona encargada del cuidado personal de los hijos tendrán la facultad de vigilar su conducta, corregirlos y sancionarlos moderadamente”.

El actual Código Civil autoriza “la palmadita” y el “chancletazo” para la crianza. Por lo tanto, estas acciones, bofetadas, correazos y ‘chancletazos’ no se deberán usar como formas para reprender a los menores porque forman parte de los castigos físicos, como está consignado en la Convención de los Derechos del Niño del cual Colombia es signatario.

El proyecto tiene una finalidad pedagógica, persuasiva y alternativa, a través de la promoción de prácticas de crianza sin violencia, amorosas y respetuosas. Esto quiere decir que no se crean nuevas sanciones o multas sino que busca que se incentiven estrategias para la crianza libre de violencia.

El ponente del proyecto de ley, el Representante Julián Peinado Ramírez, del partido Liberal, aclaró que el proyecto de ley respeta la autonomía de las familias y sus decisiones, “…eso está constitucionalmente protegido, lo único que cambia es la restricción para que dichas correcciones y enseñanzas se ejerzan sin violencia”.

Datos proporcionados por el ICBF, indican que el 82 por ciento de los jóvenes que están respondiendo penalmente, han sido objeto de algún tipo de vulneración y castigos físicos en sus hogares.

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Foto: vanguardia.com