Casa BarranquillaRestricción vehicular por visita de Gustavo Petro a Barranquilla 

Restricción vehicular por visita de Gustavo Petro a Barranquilla 

por Redacción: Noticias Coopercom

Con el objeto de garantizar la seguridad al presidente Gustavo Petro Urrego en su visita oficial a Barranquilla el sábado 29 de octubre de 2022, la alcaldía de Barranquilla y la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial implementarán medidas de movilidad, a partir de las 6:00 a.m. hasta las 12:00 a.m. del sábado 29 de octubre de 2022.  

Se prohíbe la circulación y estacionamiento de vehículos en las siguientes vías:  

– Carrera 38 entre Calle 76 y Calle 74 calzada sur.  

– Calle 76 entre Carrera 38A y Carrera 33.  

Los conductores que desobedezcan esta medida serán sancionados por incurrir en la infracción codificada C.14 “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes”, será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes. Además, el vehículo será inmovilizado.   

Además, el conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.2 “Estacionar un vehículo en sitios prohibidos”, será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes.  

Otras de las prohibiciones es estacionar los vehículos en las siguientes vías:  

  • Carrera 38 A entre Calle 76 y Calle 74 calzada sur. 

Conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.2 “Estacionar un vehículo en sitios prohibidos”, será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes.   

Se prohíbe el descargue cargue y descargue en el polígono comprendido en las siguientes vías:  

– Carrera 38 entre calle 76 y calle 74 calzada sur.  

– Calle 76 entre carrera 38A y carrera 33.  

– Carrera 38A entre calle 76 y calle 74 calzada sur.  

– Calle 72 entre la carrera 36 hasta la carrera 41   

– Carrera 41 entre calles 72 y 76.  

– Calle 76 entre carreras 41 y 38D.  

– Carrera 38D entre calle 76 y carrera 41D.  

–  Calle 78B entre carreras 41D y 42.   

– Carrera 42 entre calles 78B y 80B.  

– Calle 80B entre carreras 42 y 38.  

– Carrera 38 entre calle 80B y 80.  

– Calle 80 entre la carrera 38 y 35C.  

– Carrera 35C entre calle 80 y calle 79A.  

– Calle 79A entre carrera 35C y carrera 33.  

– Calle 76 entre carrera 33 y carrera 38.  

– Carrera 78 entre calle 76 y calle 72.   

Los permisos de cargue y descargues otorgados por parte de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial, se suspenderán mientras rigen las presentes medidas.  


El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada B.19 realizar el cargue y descargue de un vehículo en sitios y horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes.   

Igualmente queda prohibido la circulación de motocicletas con acompañante hombre o mujer; la circulación de vehículos que transporten escombros y/o gas, además, se prohíbe los  vuelo de drones en el polígono comprendido en las siguientes vías:  

  • Carrera 38 entre calle 76 y calle 74 calzada sur.  
  • Calle 76 entre carrera 38A y carrera 33.  
  • Carrera 38A entre calle 76 y calle 74 calzada sur.  
  • Calle 72 entre la carrera 36 hasta la carrera 41   
  • Carrera 41 entre calles 72 y 76.  
  • Calle 76 entre carreras 41 y 38D.  
  • Carrera 38D entre calle 76 y carrera 41D.  
  • Calle 78B entre carreras 41D y 42.   
  • Carrera 42 entre calles 78B y 80B.  
  • Calle 80B entre carreras 42 y 38.  
  • Carrera 38 entre calle 80B y 80.  
  • Calle 80 entre la carrera 38 y 35C.  
  • Carrera 35C entre calle 80 y calle 79A.  
  • Calle 79A entre carrera 35C y carrera 33.  
  • Calle 76 entre carrera 33 y carrera 38.  
  • Carrera 78 entre calle 76 y calle 72.  

Quienes incumplan la sanción al conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14    

“Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes”, será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes.    

La autoridad de Transito del Distrito les recuerda:   

  • Si habitas, trabajas o circulas en el área de influencia, brinda tu apoyo como ciudadano atendiendo las indicaciones que darán la Policía de Tránsito y los Orientadores de Movilidad.  

La Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial con apoyo de la Policía de Tránsito, velará por la seguridad vial, el cumplimiento de la Ley y estará atenta para evitar congestiones en estas vías. Se tendrá el acompañamiento por parte de Policías de Tránsito y Orientadores de Movilidad.