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Senado aprobó la Reforma que pasa ahora a Cámara

por Redacción: Noticias Coopercom

Las sesiones extras en el Congreso hasta el 20 de diciembre, que se decretaron este lunes, no serán suficientes para que se surta el trámite de la reforma tributaria. Aunque la Cámara de Representantes había avanzado en la aprobación de 136 artículos este martes, y se esperaba que ayer se votaran los 16 restantes, la sesión tuvo que levantarse para prevenir un posible vicio de procedimiento.

Por ello, el Gobierno emitió un nuevo decreto en el que extiende hasta el 23 de diciembre las sesiones extraordinarias del Congreso, dado que el proyecto ya estaba con los días contados, pues falta la aprobación de ambas plenarias y la conciliación.

Luego de casi 14 horas de debate, el Senado aprobó la Ley de Crecimiento Económico, la reforma tributaria del presidente Iván Duque que la Corte Constitucional tumbó por vicios de trámite.

El ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, aseguró que esta ley recaudará para las arcas de la Nación “unos $13 billones más el próximo año” y que “eso de que se va a perder dinero es carreta”.

El próximo paso se dará en la Cámara de Representantes en la cual deberán aprobarse 16 artículos mañana viernes, para el proyecto pase a conciliación y a la posterior sanción presidencial.

Para larepublica.co, estos son algunos de los cambios que se operarán a partir de 2020.

La devolución del IVA, o el “paquete social”

Con la aprobación que se dio en el Senado, a partir del próximo año se realizará la devolución de este impuesto al 20% de la población más pobre. Esto será una compensación monetaria, que calculará el Gobierno y que puede estar sobre los $70.000. no obstante, algunos entendidos en la materia se están preguntando ¿Cómo va el Gobierno a devolver esos dineros a la población más vulnerable, si ella compra o en la tienda del barrio o en el mercado público donde no le expiden factura y no le cobran el IVA?

Los 3 días sin IVA

El Senado también aprobó los tres días sin IVA, excluyendo a los útiles escolares. Estas jornadas se realizarán en enero, julio y octubre pero se van a exigir ciertos requisitos, como que el pago se haga a través de medios electrónicos, es decir, con tarjetas crédito o débito.

Exención del pago de salud a los pensionados

En este aspecto, los congresistas realizaron una modificación. Inicialmente, la idea era que la cotización mensual en salud al régimen contributivo a cargo de los pensionados, con una mesada de un salario mínimo, bajara a 8% en 2020 y 2021 y a partir de 2022 sea de 4%. No obstante, ahora la medida también cobijará a los pensionados que ganen hasta dos salarios mínimos, aunque en este caso la reducción será de 12% a 10%.

Exención del IVA para los medicamentos

Los medicamentos estarían excluidos del IVA. No obstante, durante el debate, el Gobierno manifestó que esto podría generar un hueco fiscal de $380.000 millones, pues al estar exentos le dan la posibilidad a las farmacéuticas de obtener el derecho a la devolución del IVA.

Pese a que llegó en la ponencia, el Gobierno intentó que el artículo no fuera aprobado, pero al final fue derrotado en el Senado. “Para el próximo año entre tener la Ley de Crecimiento y devolvernos al régimen anterior significaría la pérdida de $12 billones, entonces sí tenemos recursos para cubrir esto”, agregó Londoño.

Sobretasa financiera y normalización

Una de las nuevas fuentes de recaudo será la sobretasa al sector financiero, que para 2020 será de cuatro puntos porcentuales sobre la tarifa general del impuesto, siendo en total de 36% para los bancos. Estos recursos se destinarán a las vías terciarias. El artículo correspondiente reza: “El Gobierno Nacional determinará las condiciones y la forma de asignación de los recursos recaudados, así como el mecanismo para la ejecución de los mismos”.

En el caso de la normalización tributaria, esta se renueva para 2020 teniendo en cuenta los resultados que hubo en 2019. Según ha dicho el director de la Dian, José Andrés Romero, este año se logró el recaudo de $1,1 billones con esta medida.

Así, los contribuyentes tendrán una ‘segunda oportunidad’ para poder estar al día con la administración tributaria, con activos omitidos o pasivos inexistentes siempre y cuando esos bienes no declarados no tengan un origen ilícito.

Obras por Impuestos

Con la aprobación en el Senado, ahora habrá la posibilidad de que se amplíe el rango que cobija a la medida de Obras por Impuestos, con las que las empresas pueden deducir el pago del impuesto de renta a cambio de la realización de ciertas obras. Según lo aprobado, se autorizó que se incluyan proyectos que se realicen en el Canal del Dique y La Mojana.

También, se aprobó la deducción en renta de pagos a intereses de créditos del Icetex y el cobro a las concesiones de playas privadas.

Megainversiones para generar empleo

Según lo aprobado, a partir de enero quienes realicen nuevas inversiones dentro del territorio nacional podrán obtener descuentos en el pago de impuestos. Entre las condiciones están que deberán generar al menos 400 empleos, cuando hace un año se aprobó con la condición de 300 empleos. Para las empresas de alto componente tecnológico, quedó en 250 empleos.

Reducción en la tasa del impuesto a los dividendos

El Senado aprobó la reducción de la tasa del impuesto a los dividendos que reciben las personas naturales nacionales de 15% a 10 %. “Esto no ha traído mayor recaudo y sí ha castigado al mercado de capitales”, dijo Carrasquilla.

Adicionalmente, se aprobó que la destinación del 50% del recaudo del impuesto al patrimonio debe ir para inversiones en el campo.

Impuestos para aeropuertos y el turismo

Las licoreras que se creen a partir de la aprobación de la ley, deberán ser empresas industriales y comerciales del Estado, del orden departamental.

El artículo 147 ordena que el 20% de las contraprestaciones aeroportuarias irán para los municipios cuando haya un contrato de concesión o de Asociación Público Privada. Además, con el artículo 119, se creó el denominado impuesto con destino al turismo como inversión social, que se generará en la compra de tiquetes aéreos de pasajeros, en trasporte aéreo de tráfico internacional, cuyo viaje incluya el territorio colombiano y su origen sea el exterior.

Según este artículo, incluirá a “todos los pasajeros cuyo tiquete de viaje incluya a Colombia, en medios de transporte aéreo de tráfico internacional. No serán sujetos pasivos del impuesto los pasajeros que vengan al territorio colombiano en tránsito o en conexión internacional”. El impuesto con destino al turismo será de 15 dólares.

Tomado de larepublica.co

Foto: laverdadabierta.com