La Superintendencia de Notariado y Registro, mediante la resolución 3323 y 3324 estableció medidas preventivas para la prestación del servicio público notarial durante el tiempo de aislamiento obligatorio. Lo que permite la atención al público en horarios especiales, a partir de hoy 13 de abril de 2020.
La resolución 3323 establece que las notarías únicas prestarán el servicio los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 8;00 AM a 1:00 PM. Siempre que se encuentren ubicadas en zonas de clima cálido y templado. A su vez, para las que se encuentren ubicadas en clima frío, el horario de prestación del servicio, será de 10:00 A.M. a 3:00 P.M.
Así mismo, se estipuló, por parte de la Superintendencia de Notariado y Registro que en aquellos eventos de urgencia en los que el ciudadano requiera la prestación del servicio público notarial por fuera de los turnos establecidos, el notario lo habilitará de forma oportuna y eficaz en aras de satisfacerlo, en especial a las personas vulnerables y a los sujetos de especial protección constitucional, para lo cual informará a la Superintendencia Delegada para el Notariado, a través del correo: gestion.notarial@
La resolución 3323 Y 3324 del 9 de abril de 2020 no exime la implementación de las medidas establecidas en la instrucción administrativa 04 de 2020, algunas de ellas enfocadas a los notarios mayores de 60 años, quienes podrán prestar el servicio a través un encargado; limitar el ingreso, es decir un solo usuario por trámite, sin que concurran más de cinco personas al tiempo; invitar a utilizar los medios electrónicos para el acceso al servicio que así lo permitan, entre otras,
Comunicaciones Supernotariado.