lunes, febrero 10, 2025 8:09 am

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Trabajadores no están obligados a aceptar vacaciones ni licencias no remuneradas

por Redacción: Noticias Coopercom

Esta y otras disposiciones las dio a conocer el Ministerio de Trabajo a través de la circular No. 27 a través de la cual se establecen lineamientos acerca de la prohibición a los empleadores para coaccionar a los trabajadores para que tomen licencias no remuneradas.

Para ello los funcionarios de la inspección de Vigilancia y Control están facultados para imponer sanciones a quienes incumplan las medidas dispuestas en medio de lo que atraviesa el país por el Covid-19.

Ángel Custodio Cabrera el ministro del ramo explicó que “la circular busca prevenir abusos derivados de la coacción, que podrían ejercer algunos empleadores para que sus trabajadores procedan a la firma de licencias no remuneradas”.

Hizo un llamado a los empresarios para que sean protectores del empleo y solidarios con sus colaboradores.

La circular se expidió en medio de la emergencia económica, social y ecológico que está atravesando el país, amparada bajo el decreto 417 del pasado 17 de marzo de este año por la pandemia del coronavirus.

Unido a estos lineamientos se da cumplimiento en este tiempo a las disposiciones de la sentencia c-930 del 10 de diciembre de 2009, en lo que las Corte precisa que:

“La suspensión del trabajo no obedece a causas imputables ni al empleado ni al empleador, sino a las prescripciones del legislador o a circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, o a interpretaciones sobre el alcance del derecho fundamental de asociación sindical”.

igualmente, se explica que el trabajador no puede asumir la carga económica mediante el descuento sobre su salario o trabajo personal, afectando de esta manera su derecho al descanso y que la opción de solicitar una licencia no remunerada debe provenir libre y voluntariamente por el mismo.

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