El Juez 20 Civil de Medellín ha ordenado, a la clínica que se negó a hacerlo, a que en las próximas 48 horas se le realice eutanasia a Martha Sepúlveda, la mujer que padece una enfermedad degenerativa.
El juez aseguró que la IPS Incodol vulneró el derecho de Sepúlveda a morir dignamente y la sometió a vivir una vida indigna, por lo que le ordenó a “cumplir con lo establecido por el comité científico interdisciplinario para morir dignamente, en acta emitida el pasado 6 de agosto del presente año, por medio de la cual, se le informa y reconoce a la tutelante, que cumple con los requisitos para ejercer su derecho a morir dignamente a través de la eutanasia”.
Sepúlveda iba a ser la primera mujer en el país en acceder a la eutanasia sin ser una paciente terminal, gracias a un reciente fallo de la Corte Constitucional, que extendió ese derecho a enfermos no terminales que sufran un “intenso sufrimiento físico o mental por lesiones corporales o enfermedades graves e incurables”.
Sin embargo, la mujer, luego de una entrevista al periodista Juan David Laverde, de Caracol Televisión, en la que demostró su alegría, recibió la negativa de eutanasia por parte del comité científico de la clínica, argumentando que la enfermedad de la señora no había progresado en los últimos tres meses y que tenía una mayor expectativa de vida a la indicada antes. Sin embargo, un examen médico difundido por el portal La Silla Vacía reveló que tenía un mayor deterioro de la marcha y “había perdido fuerza en sus miembros superiores”.
La actual decisión del juez coincide con la solicitud del Ministerio de Salud ante la Corte Constitucional. Ante ese tribunal, el gobierno envió una solicitud en la que pide aclarar la sentencia C-233 de 2021, que amplió el derecho a la eutanasia.
La sentencia debe aplicarse directamente y el ministerio de salud debe reformular la resolución 971 de manera inmediata para que el sistema de salud cuente con reglas claras.
Edición: Gustavo Enrique Bossio Jiménez
Foto: redes sociales
